Pasando por alto, no por menos importante, la
realización de conferencias, paneles, seminarios y encuentros sobre la materia,
deseo recalcar el enorme esfuerzo que representa la edición y publicación de
una revista especializada, que intenta ser más que una simple aventura, un
mecanismo de relacionamiento y cooperación en la singular batalla que hoy el
mundo, y concretamente nuestra América toda, debe librar por el fortalecimiento
de los regímenes republicanos y democráticos en el nuevo siglo que se presenta
tachonado de dudas, incertidumbres y desigualdades lacerantes por un lado y,
por otro, un insondable y complejo progreso tecnológico, que puede ser
utilizado tanto para la búsqueda de mayor felicidad de los pueblos, como para
la destrucción de los valores de la civilización occidental, basados en la
libertad e igualdad de todos los hombres y mujeres.
Con este panorama que se nos escapa de las manos,
es imperativo el fortalecimiento de las instituciones. La pérdida de la
credibilidad en ellas es quizá la causa principal de los grandes pecados
públicos que hoy debemos afrontar. El Estado, en sus diversas manifestaciones,
en su función de gobernar ha perdido mucho terreno. Ha dejado de preocuparse
por la sociedad. La globalización, producto principalmente de la tecnología de
avanzada, ha dado gran prioridad al poder del “dinero” en perjuicio del poder
del ciudadano. El hombre es hoy más productor y consumidor que ciudadano, y en
la búsqueda afanosa del bienestar económico a cualquier precio se cae en la corrupción.
Cada día se acentúa más la hostilidad hacia el Estado en beneficio de las
grandes corporaciones que amenazan cada vez más la genuina libertad del ser
humano.
En esta lucha por revalorizar y revitalizar las
instituciones o, dicho de otro modo, por salvar la institucionalidad del Estado
democrático amenazado, conviene señalar que en ella el Poder Judicial, o como
algunos prefieren decirlo, la función judicial del Estado, juega un rol
trascendente. El papel que le tiene reservado el Estado constitucional de
Derecho es de la mayor relevancia: ser el intérprete último de la Constitución
y de las leyes.
Refiriéndonos ahora al tema central de este cuarto
número de la Revista Sistemas Judiciales, haré en este editorial unas breves
reflexiones.
Es indudable que por las características propias de
la función judicial (no electiva) en un régimen democrático, la primera
condición es la independencia de la misma. La tarea de juzgar (el control total
de la jurisdicción -imperium- del Estado), que le es privativa, salvo
excepciones muy contadas, es consustancial con el principio de imparcialidad.
En otras palabras: se necesita de un Poder Judicial independiente para asegurar
su imparcialidad.
Es uno de los grandes desafíos de un Estado moderno
y eficiente. Cómo hacer para que el Poder Judicial, la administración de
justicia, sea imparcial. Del grado de imparcialidad nacerá su mayor o menor
credibilidad.
Ahora bien, ¿puede el Poder Judicial como tal
asegurar la imparcialidad de sus funcionarios? ¿Cuáles son los requisitos
necesarios para que estos funcionarios sean independientes e imparciales?. Si
bien son funcionarios públicos, los judiciales no están en el mismo nivel que
los de la administración de los otros poderes del Estado. Los judiciales deben
estar rodeados de mecanismos que les permitan actuar con independencia.
En el Poder Judicial, en tanto poder
jurisdiccional, no hay una jerarquía de mando que respetar. Los diversos
niveles solo deben servir para asegurar la independencia e imparcialidad a favor
de los justiciables. Cada peldaño en la actividad Sistemas Judiciales 3
judicial es independiente funcionalmente (jurisdiccionalmente); es lo que se
denomina independencia hacia dentro, que la considero muy importante desde que
no respetarla crea mecanismos de tinte corporativo que agravia frontalmente el
principio de imparcialidad. La otra acepción de la independencia, a la que se
debe hacer referencia (la independencia hacia fuera) es respecto de los otros
poderes del Estado y de poderes fácticos que persisten en influir en el área de
la justicia.
El tema no es nuevo ni fácil. Quizá uno de los
mayores escollos que debe salvar la democracia sea cómo conseguir un Poder
Judicial independiente. El primero de estos escollos es el sistema de selección
y elección de los magistrados judiciales. El segundo y no menos importante es
cómo destituirlos en casos de mal desempeño en la función. Un cargo legislativo
o ejecutivo depende del número de votos que obtenga finalmente el candidato. Es
cierto que en algunos lugares se ha probado, y actualmente existen pocos, la
elección popular de ciertos jueces. Los jueces en general necesitan para su
nombramiento y destitución de procesos cuyas características varían en el
espacio y en el tiempo. Y no siempre han dado resultados positivos.
Lo que sí debe señalarse es que la función judicial
es ejercida por magistrados sometidos a un proceso de selección (no de
elección), por lo que dicho proceso debe estar rodeado de garantías especiales
que aseguren la excelencia. En consecuencia, lo primero que debe buscarse es la
capacitación de los mismos. Es necesario, por ende, crear políticas
institucionales serias y racionales respecto de la debida formación y
permanente capacitación. (Ver Sistemas Judiciales Año 1, N° 1).
En un plano distinto, pero ligado a la
capacitación, al funcionario del sistema judicial le es esencial desenvolverse
con independencia, de tal modo a asegurar al justiciable un buen servicio de
justicia. Ahora bien, la independencia que debe adornar al juez, tiene que ir
balanceada por un profundo sentido de responsabilidad, que indudablemente debe
nacer del grado de entereza moral para rendir cuenta de sus actos al pueblo, a
la opinión pública, de quien en realidad deviene el poder que ostenta. A mayor
independencia, mayor grado de responsabilidad. La función judicial es excelsa,
lastimosamente degradada muchas veces por falta de aplicación de correctas
políticas públicas que permitan someter el accionar judicial al examen público.
La falta de credibilidad de la administración de
justicia, nace precisamente en la actualidad de la falta de independencia
funcional del magistrado judicial, considerado no en su dimensión profunda de
juzgador, de intérprete de las leyes y de su imparcial diligencia en el dictado
de sus resoluciones, sino como un peldaño en una estructura técnica de
aplicación ciega del derecho positivo, con el grave riesgo de corporativizar su
funcionamiento y desdibujar el alto contenido democrático y social que debe caracterizar
al Poder Judicial.
En mi carácter de Vicepresidente del Consejo
Directivo del Centro, me resulta sumamente grato presentar estas palabras
introductorias a este nuevo número de la revista, cuyo contenido llenará las
necesarias expectativas de quienes confían que, a través de un Poder Judicial
independiente e imparcial se podrá ayudar a la consolidación de los regímenes
democráticos en el continente.
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PDF.
Professional Court Administration: the Key to Judicial Independence
Editorial Sistemas Judiciales Nº4: independencia y responsabilidad judicial