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Retos de la Reforma Penal: Equilibrando la Presunción de Inocencia y la Seguridad Pública

Coordinadores: Gabriel Cavazos Villanueva, Martín Carlos Sánchez Bocanegra, Denise Tomasini-Joshi. Compilador: Javier Carrasco Solís.
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Cambio legislativo, cambio institucional, implementación, capacitación continua, evaluación continua y pasos para evitar la contrarreforma. Con el horizonte en estos seis puntos, Javier Carrasco Solís cierra la conferencia nacional tituladaRetos de la Reforma Penal: Equilibrando la Presunción de Inocencia y la Seguridad Pública, realizada los días 13 y 14 de noviembre del año 2007 en la ciudad de Monterrey, México, cuyas presentaciones se encuentran plasmadas en el presente documento.

Sabido es que una de las máximas tensiones que enfrenta el Estado de Derecho se refiere a la contradicción que se presenta entre el principio de inocencia y la privación de la libertad de aquellos acusados de un delito que aún no cuentan con una sentencia firme que declare su culpabilidad. También es sabido que, cuanto menos en lo próximo, es muy difícil pensar en un proceso penal en el que la prisión preventiva forme parte de un oscuro y olvidable pasado. Es por ello que en este libro se desarrollarán distintas posturas y argumentos tendientes a racionalizar su uso, con la mira puesta en reducirlo hasta su mínima expresión.

En el Capítulo I nos encontramos con un desarrollo teórico del principio de inocencia a cargo de Rodolfo Acosta Muñoz. El hecho de que así comience el documento tiene una clara intención y es que los enunciados que allí se postulan atraviesen el resto de las exposiciones, dejando en claro cuál debe ser el punto de partida de un proceso de reforma respetuoso de las garantías constitucionales.

Luego de que José Manuel Arroyo Gutiérrez nos dé un paneo general sobre los estándares internacionales que rigen la materia, en el Capítulo II se analiza cuál ha sido el impacto de la reforma en el uso racional de la prisión preventiva en el resto de los países de América Latina (Cristián Riego Ramírez) dejándole el espacio a Verónica Venegas y Rigoberto Ochoa para que traten en particular los casos de Chile y Honduras, respectivamente. En ambos se coincide en la particular atención que hay que prestar en el modo en que transmiten la información los medios de comunicación y el impacto que éstos tienen en la sociedad y el Congreso. Coincidiendo con ello, muchos de los expositores harán hincapié en la preparación que todo operador que se encuentre trabajando en el proceso de reforma de la justicia penal y, especialmente del uso de la prisión preventiva, debe tener para anticiparse a posibles problemas que puedan sucederse una vez implementada ésta, cuando por ejemplo un imputado que transite el proceso en libertad cometa otro delito. Una situación de esta entidad puede ser aprovechada para llevar adelante un movimiento de contrarreforma y es por ello que hay que tenerla prevista. Otra de las consideraciones que deben tenerse en cuenta son las particulares situaciones de cada región, para no establecer normativas prometedoras que en la aplicación concreta no tienen el efecto deseado. En este sentido, resulta contundente la exposición de Ochoa cuando afirma que en Honduras “...la prisión preventiva se aplica a partir de las consideraciones de peligro de fuga y el menor o mayor arraigo del imputado. Los jueces, para determinar la falta de arraigo, consideran si el imputado es propietario o no de la casa en la que habita, lo que es complicado en un país como Honduras, donde la mayoría de su población vive bajo la línea de la pobreza” o, como se verá más adelante, el caso de Nueva York, donde Timothy Murray describe el funcionamiento de la libertad bajo fianza, que resulta completamente ilusoria cuando los jueces fijan montos de imposible alcance para el detenido.

El Capítulo III es de vital importancia para poder entender cuáles son las ventajas  que puede traer consigo la reforma, al analizar los costos económicos (Guillermo Zepeda Lecuona) y sociales de la excesiva utilización de la prisión preventiva, costos que serán asumidos por el detenido, su familia, la comunidad y el Estado. Teniendo en cuenta que la discusión debe ser llevada a la sociedad y debatida por los representantes de ésta en el Congreso, un análisis puntual de los beneficios que la propuesta conlleva es una herramienta que puede ser de gran utilidad para el avance del proceso.

Adam Stapleton nos propone como guía rectora para toda investigación del uso de la prisión preventiva estudiar la población penitenciaria, las condiciones carcelarias, los actores del sistema y las causas que generan sus actividades y un censo demográfico de la población penitenciaria y se concluye en que “para contrarrestar los efectos negativos de la prisión preventiva y disminuir su uso se recomienda mayor participación de asistentes legales (paralegals), quienes pueden actuar como paramédicos en el sector de salud que brindan ayuda de primeros auxilios o de emergencia...”. Por su parte, Rob Allen pone el acento en la salud de los prisioneros, cuestión de vital importancia si se pretende que éstos reciban un trato acorde a lo que son, seres humanos, dejándonos datos que realmente son alarmantes.

Finalizando este capítulo Elena Azaola hace referencia al escaso impacto que tiene en la reducción de los índices de criminalidad el aumento de la población carcelaria y  propone una línea de acción tendiente a proporcionar y difundir estos datos, con lo que se contribuirá seguramente a disminuir la exigencia del uso de la prisión preventiva.

En el capítulo dedicado específicamente al proceso de reforma en México es tal vez en donde queden mejor y más visiblemente planteados los obstáculos que toda reforma debe sortear. Poniéndole nombre a los actores, Ana Laura Magaloni señala cuál es la visión que tienen del problema los partidos políticos de distintos signos y de qué manera se fueron dando los debates, dejando en evidencia no sólo la cuestión ideológica –siempre presente– sino también cómo funcionan estas estructuras en el marco de las discusiones parlamentarias. Con honestidad brutal, Robert Varenik deja en claro el terreno en el que se lleva adelante toda reforma y analiza el valor político y social de la misma para terminar preguntándose(nos) “¿Puede uno tener éxito político tomando decisiones sensibles en un área llena de irracionalidad como el orden público y la justicia penal?; en términos prácticos, ¿cómo podemos identificar posturas y documentar factores que puedan aumentar el valor político de una reforma a la prisión preventiva?”. Verónica Aguilera Orta se encarga de describir la evolución de los distintos proyectos encarados desde diversos espacios políticos en el seno del Congreso de la Unión, para concluir en que el éxito de la reforma depende directamente de la participación de todos los actores y los ciudadanos. Hugo Campos Cantú nos cuenta cómo la implementación en Nueva León de salidas alternas como la suspensión del procedimiento de preparación de la acción penal, la suspensión del procedimiento a prueba del procesado, la conciliación y la mediación como medios alternos para la solución de conflictos, y el procedimiento abreviado, han contribuido con la celeridad de los procesos con los consiguientes beneficios, tanto para la víctima como para el inculpado y su familia, mientras que Catarino García Herrera se encarga de enumerar las enseñanzas que el proceso de reforma ha dejado en los últimos tres años. Para finalizar, Martha Silvia Chávez Loya, Juan de Jesús Vásquez Urdiales y Federico Soto Acosta nos dejan sus impresiones de lo que fue el proceso de reforma en Chihuahua, Oaxaca y Zacatecas respectivamente, y las consecuencias que éste tuvo sobre el uso de la prisión preventiva. Rompiendo con el miedo y el imaginario popular –estimulado desde distintos sectores–, Vázquez Urdiales se pregunta si dejar en libertad a una persona mientras se sustancia el proceso no contribuirá a que ésta se fugue dejando un asunto más impune, contestando a partir de la experiencia propia que “...por lo que hemos visto en la práctica... no. Las personas tienen un sentido muy alto de su propio honor, de su honorabilidad y están dispuestos también a acudir ante los jueces para someterse a través de la lupa de la ley a ese examen judicial que los declare culpables o inocentes”.

El capítulo V se encuentra dedicado a los programas establecidos para el manejo de las medidas cautelares. En él Martín Carlos Sánchez Bocanegradetalla cómo es el trabajo de Renace buscando dar una respuesta integral a los problemas de justicia y de reintegración social. En lo relativo al tema central, explica cómo es el trabajo de supervisión y vigilancia de las personas en libertad durante el proceso, acompañándolos para que puedan cumplir con las obligaciones fijadas. Por su parte, Martin Schönteich describe la manera en la que los servicios de evaluación de riesgos y supervisión contribuyen a la reducción de los costos, el hacinamiento, la reincidencia y los riesgos a la salud pública.

Para finalizar, el capítulo VI bien titulado “Lecciones internacionales: manteniendo el progreso de la reforma y previniendo su deterioro”, a cargo de Todd Foglesong, nos muestra la experiencia en Estados Unidos, Rusia y Chile, dejando para la reflexión una situación que se da en este último en donde disminuyó el número de presos sin condena pero aumentó la tasa de presos condenados.

En síntesis, la lectura de esta recopilación de exposiciones deviene en una herramienta de suma utilidad para todos aquellos que se encuentren comprometidos con el proceso de reforma a los fines de tener un panorama más claro de cuáles son los retos de aquí en adelante, tomando las lecciones que se fueron aprendiendo para no volver a recaer en errores y calibrar la mira de la manera más precisa posible.

Descargar libro en PDF 1
(costado superior derecho).
Descargar reseña completa en PDF 2 (costado superior derecho).

David Terroba Borodovsky

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